Información de garantía y servicio
29
Normas de seguridad de la industria
NFPA (Asociación Nacional de Protección contra Incendios)
Para su información, la Norma 72 de la Asociación Nacional de
Pr
otección contra Incendios, señala lo siguiente:
Detección de humo. Donde lo requiera la ley, las normas o los
códigos aplicables a la ocupación específica de una vivienda, se
deberán instalar las alarmas contra humo con estación múltiple
y simple aprobada de la siguiente manera: (1) En todos los dor-
mitorios, excepto: No se requerirá la instalación de alarmas con-
tra humo en los dormitorios de una y dos viviendas unifamil-
iares. (2) Afuera de cada dormitorio, y próximo a los mismos.
(3) En cada nivel de la vivienda unifamiliar, incluyendo el sótano,
excepto: Se permite el uso de alarmas contra humo accionadas
con pilas y aprobadas en viviendas unifamiliares existentes.
Detección de humo: ¿Son necesarias más alarmas contra
humo? Es posible que el número requerido de alarmas contra
humo no proporcione una protección de advertencia confiable y
a tiempo en aquellas áreas que están separadas por una puerta
de las áreas protegidas. Por este motivo, se recomienda que el
propietario de la casa considere usar alarmas contra humo adi-
cionales en aquellas áreas, a fin de contar con una mejor pro-
tección. Las áreas adicionales incluyen el sótano, los dormito-
rios, el comedor, el área destinada a la calefacción, el área desti-
nada a los servicios generales y los pasillos no protegidos por las
alarmas contra humo requeridas. Por lo general, no se
recomienda la instalación de alarmas contra humo en cocinas,
áticos (terminados y no terminados) o garajes, ya que estos
lugares ocasionalmente experimentan condiciones que pueden
dar como resultado un funcionamiento inadecuado.
Jefe de bomberos del estado de California
La detección temprana de una advertencia de incendio se logra
mejor mediante la instalación de equipos de detección de
incendios en todas las habitaciones y áreas de la vivienda de la
siguiente manera: Una alarma contra humo instalada en cada
área para dormir separada (en las proximidades,pero fuera de
los dormitorios), detectores de calor o humo en comedores, liv-
ings,dormitorios, cocinas, pasillos, áticos, áreas destinadas a la
calefacción,clósets, áreas destinadas a los servicios generales y
despensas, sótanos y garajes adyacentes.